Se someten a información y audiencia pública los Proyectos de Orden por la que se establecen los currículos correspondientes al título de Técnico Deportivo en Atletismo, y a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada, para la Comunidad Autónoma de Aragón - Se someten a información y audiencia pública los Proyectos de Orden por la que se establecen los currículos correspondientes al título de Técnico Deportivo en Atletismo, y a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada, para la Comunidad Autónoma de Aragón
Se somete a trámite de información y audiencia pública los siguientes borradores:
- Proyecto de Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades por la que se establece el currículo de los ciclos inicial y final de grado medio correspondiente al título de Técnico Deportivo en Atletismo, para la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Proyecto de Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades por la que se establece el currículo de los ciclos de grado superior correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada, para la Comunidad Autónoma de Aragón.
El proyecto de currículo de TD Atletismo puede consultarse aquí
El proyecto de currículo de TD de Montañismo puede consultarse aquí
Plazo de presentación de alegaciones: un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el “Boletín Oficial de Aragón”
Quién puede presentar alegaciones: cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno podrá examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.
Cómo presentar alegaciones: Las alegaciones o sugerencias podrán presentarse telemáticamente, a través del registro electrónico del Gobierno de Aragón ( https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/solicitud-general/ ) ,haciéndose constar el nombre, apellidos, DNI, domicilio y localidad de la persona interesada, y se dirigirán a la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros físicos, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.