Convalidaciones en FP. Aspectos generales. - Convalidaciones en FP. Aspectos generales.
En Formación Profesional del Sistema Educativo es posible la convalidación de módulos profesionales en un ciclo formativo. En este contexto hay que tener en cuenta una serie de ideas de referencia.
Para solicitar una convalidación es necesario que el alumnado esté matriculado en el módulo que desea convalidar.
Hay que tener en cuenta que es posible solicitar convalidaciones:
- en el proceso ordinario de matrícula.
- a través de una modalidad específica de matrícula, exclusiva para solicitar convalidaciones y que no otorga derecho a docencia. Es la matrícula a efectos de convalidaciones.
- en las Pruebas de Obtención de Título, pero sólo para los módulos profesionales convocados por esta modalidad y que sea competente para resolver el centro docente o el Departamento de Educación.
La experiencia profesional y la formación no formal sólo sirven para acreditar unidades de competencia en un Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias (PEAC), no sirven para convalidar módulos profesionales de ciclos formativos. Sería posible convalidar esas unidades de competencia una vez se hayan acreditado por este procedimiento.
Tampoco sirven para convalidar los títulos que se consideren "equivalentes" a los de Formación Profesional ni los títulos extranjeros homologados.
La convalidación entre módulos según los anexos del RD 1085/2020, convalida ese módulo en el resto de los ciclos que lo incluyan.
Los módulos profesionales previamente convalidados no sirven para convalidar otros módulos profesionales. Las materias universitarias convalidadas, reconocidas o superadas por compensación no se pueden aportar para convalidar.
Es necesario presentar siempre la formación original que da derecho a la convalidación.
El módulo de proyecto (Ciclos LOE) o Proyecto intermodular (Ciclos Ley FP) hay que cursarlo siempre.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, podrá ser objeto de exención (Ciclos LOE) si se acredita una experiencia laboral de un año en el perfil del título (normalmente con la vida laboral y un certificado de funciones elaborado por la empresa).
La formación en empresa u organismo equiparado podrá ser objeto de exención según se dispone en el artículo 49 del Decreto 91/2024, de 5 de junio.
Los ciclos formativos de Grado Superior tienen reconocidas convalidaciones en los Grados Universitarios y se solicitan en el proceso de matrícula en cada Universidad.
La información de convalidaciones FP-Universidad la tienes en este enlace.
Para solicitar convalidaciones en un ciclo formativo de Grado Superior por haber cursado un Grado Universitario se solicitan en el centro docente en que el alumnado se encuentra matriculado, que se ocupa de su gestión ante el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, por ser quién tiene la competencia en este tipo de convalidaciones.
Los módulos profesionales convalidados en un ciclo formativo se califican según los los casos, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 24 de junio de 2021 (ciclos LOE) o el Anexo VIII del Decreto 91/2024, de 5 de junio (ciclos LFP).
Los módulos convalidados se califican con la nota del módulo profesional que da derecho a la convalidación. Expresión: CV-5, CV-6, CV-7, CV-8, CV-9 o CV-10.
Si para convalidar hay que tener en cuenta la nota de más de un módulo, se halla la media aritmética. Se redondea al entero más próximo.
Si se aporta un ciclo completo, la nota del módulo convalidado será la nota media del ciclo.
No asignan puntuación, constarán como CV y no computan a efectos de cálculo de la nota media del ciclo las convalidaciones con origen en:
- Unidades de competencia acreditadas por PEAC (ciclos LOE).
- Certificados de profesionalidad.
- Estudios de FP anteriores a la LOGSE.
- Estudios universitarios.
- Certificados de Escuelas Oficiales de Idiomas o certificados del Marco Europeo de las Lenguas.
Sin embargo, los módulos idénticos, es decir, los que tengan igual código o denominación, no se convalidan, sino que se traslada nota obtenida, previa solicitud en la matrícula.
Las convalidaciones con origen en unidades de competencia constarán como CV-5 y computan a efectos de cálculo de la nota media del ciclo formativo (LFP)