Escolarización en las Escuelas de Educación Infantil del Gobierno de Aragón (0 a 2 años) - Escolarización en las Escuelas de Educación Infantil del Gobierno de Aragón (0 a 2 años)
Resolución de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se convoca el procedimiento de admisión para el curso 2023-2024 en las Escuelas de Educación Infantil del Gobierno de Aragón y se establecen las cuotas del servicio de comedor y otros servicios. (BOA 12/04/2023)
Otra normativa de interés:
Decreto 16/2023, de 22 de febrero, del Gobierno de Aragón, de creación de once escuelas de educación infantil de titularidad del Gobierno de Aragón. (BOA 3/03/23)
Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo, por la que se regula la admisión, organización y permanencia de alumnos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA 12/05/2017)
Orden ECD/117/2020, de 14 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo. (BOA 24/02/2020)
Orden ECD/683/2022, de 19 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/606/2017, de 3 de mayo. (BOA 26/05/2022)
- Dónde están. Ubicación y datos de contacto
- Qué objetivos persiguen, actividades y servicios que desarrollan. Información de los centros
Además, desde estos centros se va a informar a las familias que estén interesadas, sobre el contenido educativo, funcionamiento, régimen interior, horarios y el proceso de admisión.
Requisito obligatorio de edad: Para el próximo curso se puede solicitar plaza para menores nacidos en los años 2021, 2022 y 2023.
También se puede solicitar plaza para menores que:
- Aún no hayan nacido en el momento de publicar la convocatoria, pero que esté previsto su nacimiento antes del 1 de julio de 2023.
- Cumplan 3 años en 2023 pero tengan la condición de prematuridad cuando la edad del solicitante suponga un cambio de año respecto al de su edad corregida.
Documentación acreditativa de requisito obligatorio y opcionales
En el Portal de trámites de la sede electrónica del Gobierno de Aragón encontrarás:
Los requisitos obligatorios y opcionales, y la documentación necesaria para su justificación diferenciando entre:
-
- Cuáles ha de acreditar el solicitante.
- Qué requisitos no es necesario acreditar por el solicitante porque se consultan directamente por la Administración Educativa.
- A qué requisitos puede oponerse el solicitante porque pueden ser consultados por la Administración. En este caso, se han de acreditar con documentación.
El enlace a la aplicación para poder realizar la solicitud.
Fechas del proceso de admisión (Anexo I)
Número de plazas disponibles en cada nivel que se ofertan por centro
Instrucciones para la incorporación del alumnado
Se ha de realizar:
- Exclusivamente de forma electrónica (no es necesario disponer de certificado electrónico). De forma excepcional los centros podrán ayudar a aquellas familias que no puedan realizarla por sus propios medios.
- Por un progenitor o representante legal del menor en el plazo establecido en el calendario del proceso.
- Solo una solicitud para cada menor. Si se presenta más de una no será válida ninguna.
- Junto con la documentación acreditativa.
- Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrá retirar (se participa en este proceso) o modificar (se genera una nueva solicitud con la que se participa en el proceso y se anula la anterior).
Con carácter general en la solicitud es necesario indicar:
- El centro elegido en primera opción y en su caso, hasta otros dos centros más por orden de preferencia.
- Los requisitos opcionales que se alegan para poder baremar la solicitud.
Para solicitar una plaza reservada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE) se ha de indicar en la solicitud especificando la forma de acreditación:
Con Resolución de la Dirección Provincial de Educación correspondiente o con acreditación del grado de discapacidad emitido por el IASS.
Los centros y los Servicios Provinciales podrán pedir a los solicitantes en aquellos casos que lo estimen necesario, originales o fotocopias compulsadas de los documentos adjuntados con la solicitud.
Anexo II (Se utilizará en situaciones de baja o excedencia laboral con reincorporación el primer día lectivo de septiembre de 2023)
Durante el tiempo de presentación de solicitudes, el solicitante recibirá en el correo electrónico indicado en el formulario, un enlace que le permitirá seguir todo el proceso.
Este enlace es necesario utilizarlo para:
- Generar el pdf de la solicitud presentada para guardarlo e imprimirlo.
- Consultar todos los listados de baremación de solicitudes, listados provisionales y definitivos de alumnado admitido, no admitido y excluido.
- Realizar reclamaciones en su caso.
- Matrícula del alumnado admitido.
Conforme vaya avanzando el proceso de admisión estarán disponible los enlaces para poder consultar listados, realizar reclamaciones, acceder al sorteo público en streaming y realizar la matrícula.
Listados de solicitudes baremadas
Realizar reclamación
Listados con el número aleatorio adjudicado a las solicitudes.
Procedimiento para la realización del sorteo público (Anexo III).
Hora de realización y enlace para el acceso en streaming al acto del sorteo público
Número obtenido en el sorteo público.
Listados provisionales de alumnado admitido, no admitido y excluido.
Realizar reclamación
Listados definitivos de alumnado admitido, no admitido y excluido.
Matrícula del alumnado admitido en el centro elegido en primera opción.
Se adjudicarán las vacantes desde los Servicios Provinciales de Educación.
Consulta de adjudicaciones
La matrícula se realizará en la Escuela de Educación Infantil adjudicada.
Se tramitarán desde los Servicios Provinciales de Educación.