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angle-left null Convalidación de módulos de ciclos formativos de Grado Básico.

- Los módulos profesionales de Ciclos Formativos de Grado Básico que tengan asignados diferentes códigos y posean idénticas denominaciones, con independencia del Ciclo Formativo al que pertenezcan.


- En relación a los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Ciencias Sociales I y II se aplicará lo dispuesto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas. 

 

- La convalidación de los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Ciencias Sociales I y II por los antiguos módulos profesionales de Ciencias Aplicadas I y II, y Comunicación y Sociedad I y II se solicitará en el centro de Formación Profesional donde se haya formalizado la matrícula. La resolución será automática por parte del centro y la calificación del ámbito afectado será la que apareciera en el expediente académico de la antigua formación, de acuerdo con la siguiente correspondencia:

 

3009. Ciencias Aplicadas I

3163. Ciencias Aplicadas I

3010. Ciencias Aplicadas II

3164. Ciencias Aplicadas II

3019. Ciencias Aplicadas II

3042. Ciencias Aplicadas II

3059. Ciencias Aplicadas II

3011. Comunicación y Sociedad I

3161. Comunicación y Ciencias Sociales I

3012. Comunicación y Sociedad II

3162. Comunicación y Ciencias Sociales II

 

- Quienes hubieran superado los ámbitos de Comunicación y Ciencias Sociales I y II y Ciencias Aplicadas I y II en cualquiera de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Básico correspondiente a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Básico. La resolución será automática por parte de los centros educativos y se mantendrá la calificación obtenida. 

 

- Los/as alumnos/as que hayan cursado un Programa de Cualificación Profesional Inicial y hubieran superado los módulos formativos obligatorios del ámbito de Comunicación y del ámbito Social que, además, hubieran superado un módulo de Lengua Extranjera, bien establecido por las Administraciones educativas o de oferta de los centros, en el ámbito de sus competencias, podrán obtener la convalidación del ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales I. Asimismo, quienes hubieran superado el módulo formativo obligatorio del ámbito Científico-tecnológico, podrán obtener la convalidación del ámbito de Ciencias Aplicadas I. 

 

- El alumnado matriculado en cualquiera de las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Básico podrá obtener las siguientes convalidaciones, que serán resueltas automáticamente por los centros:

 

  1. Quienes tengan superadas las siguientes tres materias: Lengua Castellana y Literatura (y Lengua Cooficial y Literatura, si la hubiere), Lengua Extranjera y Geografía e Historia del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de sus modalidades podrán obtener los ámbitos de Comunicación y Ciencias Sociales I y II.
  2. Quienes tengan superada la materia de Matemáticas (A o B) y dos de las cuatro siguientes: Biología y Geología, Física y Química, Tecnología y Digitalización del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de sus modalidades podrán obtener los ámbitos de Ciencias Aplicadas I y II.

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