Convalidaciones de módulos profesionales de Idiomas. - Convalidaciones de módulos profesionales de Idiomas.
Estas convalidaciones hacen referencia a los módulos profesionales de Inglés, Segunda Lengua Extranjera o Lengua Extranjera Profesional.
Se recuerda que los módulos idénticos (igual denominación y código) no se convalidan, sino que trasladan nota.
Pueden darse las siguientes convalidaciones en función del tipo de módulo profesional de idioma de que se trate:
Se convalida con:
- Un certificado B1* o superior de inglés cuando este módulo profesional se incluya en un ciclo formativo de Grado Medio.
- Un certificado B2* o superior de inglés cuando este módulo profesional se incluya en un ciclo formativo de Grado Superior.
- Un Título de Grado, o equivalente, en Filología Inglesa o en traducción e Interpretación de Inglés.
*Sólo certificados emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI).
Se convalida con:
- Un certificado B1* o superior de la misma lengua, independientemente de que este módulo profesional se incluya en un ciclo formativo de Grado Medio o Superior.
- Un Título de Grado, o equivalente, en Filología o en Traducción e Interpretación de la misma lengua.
*Sólo certificados emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI).
Se convalida con:
- Un certificado B1* o superior cuando este módulo se incluya en un ciclo formativo de Grado Medio.
- Un certificado B2* o superior cuando este módulo se incluya en un ciclo formativo de Grado Superior.
- Un Título de Grado en Filología o Traducción e Interpretación.
*Sólo certificados emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI) y siempre en el mismo idioma del módulo que se quiere convalidar.
Es posible la convalidación de este módulo profesional si:
- Se tiene un certificado B1** o superior de la misma lengua, independientemente de que este módulo profesional se incluya en un ciclo formativo de Grado Medio o Superior.
** Certificados de idiomas en base al anexo de reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (conforme a RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se actualiza el anexo de la Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunidad Autónoma de Aragón.).
Además son posibles las siguientes convalidaciones:
- Si se tiene superado un módulo profesional de Inglés (con código 0156) se convalida el AXXX de primer curso.
- Si se tiene superado un módulo profesional de Inglés (con código 0179) o uno de Segunda Lengua Extranjera (con código 0180) se convalidan los AXXX de primer y segundo curso.
Estas convalidaciones proceden siempre que se trate del mismo idioma que el módulo que se quiere convalidar.