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angle-left null Estancias formativas del profesorado. Información general.
Concepto.

Modalidad de formación permanente del profesorado que consiste en una estancia temporal en una empresa o institución pública o privada.

 

Para profesorado que imparte ciclos formativos de FP, Enseñanzas Deportivas o Artes Plásticas y Diseño en centros docentes públicos.

 

Es una modalidad de formación incluida en el marco de formación permanente del profesorado.


Finalidad de la estancia formativa.

 Las estancias formativas pretenden conseguir los siguientes objetivos:

 

- Actualizar competencialmente al profesorado en un entorno real de trabajo.

 

- Fomentar la cooperación entre el centro docente y su entorno productivo.

 

- Integrar al profesorado en los procesos de trabajo, instrumentos y métodos organizativos de la empresa o institución.

   

- Orientar al profesorado sobre las necesidades de actualización de su familia profesional o especialidad y de los nuevos títulos.


Participantes en las estancias formativas y sus requisitos.

Profesorado que imparte ciclos formativos de FP, Enseñanzas Deportivas o Artes Plásticas y Diseño en centros docentes públicos que reúna los siguientes requisitos:

 

- Tiene que estar impartiendo docencia durante el curso en el que se realizará la estancia formativa.

   

- La relación entre el ciclo en el que se imparte docencia y el proyecto de la estancia tiene que estar certificada por el centro.

 

- No debe haber  ningún vínculo contractual o laboral con la empresa o institución de la estancia.


Características y requisitos de las estancias formativas.

- Debe haber un proyecto formativo y de trabajo acordado con la empresa/s o institución/es.

 

- Las actividades programadas para la estancia deben relacionarse con la especialidad del profesorado.

 

- La estancia se realizará, prioritariamente, cuando el alumnado del ciclo esté cursando el módulo de FCT.

 

- Duración: entre 20 y 150 horas dentro de la jornada laboral de la empresa o institución.

 

- Habrá una estancia por solicitante y curso y debe incorporarse al Plan de Formación del centro.

 

- Hay un seguro complementario de responsabilidad civil y accidentes suscrito por la DGA.


Carácter no laboral de las estancias formativas. 

- El profesorado no debe tener ninguna vinculación o relación laboral con la empresa o institución.

 

- El profesorado mantiene su salario habitual de funcionario y no puede percibir ninguna retribución pro parte de la empresa.

 

- La realización de la estancia debe ser conocida por el personal de la empresa o institución (qué profesorado va a participar, fechas y horarios de realización , etc.).

 

- Inspección de Trabajo debe tener conocimiento de la realización de la estancia. La Dirección General competente en materia de FP debe comunicar a Inspección de Trabajo la relación del profesorado participante y y las empresas o instituciones en que se llevará a cabo.


Convocatorias.
Solicitud.

Hay una convocatoria anual que incluye el modelo de solicitud oficial y determina los plazos de presentación de la misma. Depende del Director General competente en materia de FP.

 

Solicitud y documentación se remitirán a la Dirección del Servicio Provincial de Educación de la provincia en la que el profesorado realice su trabajo.

 

Documentación.
Proyecto personal.

Este proyecto personal debe incluir:

 

- Datos identificativos del profesorado y de la empresa o institución.

 

- Objetivos perseguidos con la estancia.

 

- Procesos de interés que se realizan en la empresa o institución.

 

- Duración y temporalización de la estancia.

 

- Disponibilidad, en su caso, de impartir algún módulo en el ciclo formativo relacionado con la estancia.

 

Certificado del centro docente en el que el profesorado realiza su trabajo.

Este certificado debe incluir:

 

- Tipo de destino del profesorado, es decir, si tiene destino definitivo o provisional.

 

- Ciclos formativos y módulos profesionales en los que se imparte docencia en el curso de solicitud de la estancia.  

 

- Tiempo que lleva impartiendo el/los ciclo/s en el centro docente.

 

- Interés de la estancia para la docencia de los módulos profesionales que imparte o puede impartir.

 

Otra documentación.

- Declaración jurada sobre otros ciclos de FP que haya impartido en otros centros docentes.

 

- Certificado de la empresa o institución sobre su disposición para acoger a la persona que va a realizar la estancia formativa.

 

- Otros méritos asociados a los criterios de selección del proyecto.


Criterios de selección del proyecto.
Interés y calidad del proyecto.

- Adecuación de los objetivos planteados al ciclo de FP. (2p)

 

- Actualización tecnológica, cuya especificidad hace difícil el acceso a la misma por otros medios. (3p)

 

- Idoneidad de la empresa o institución para la consecución de los objetivos de la estancia. (2p)

 

- Adecuación del proyecto al entorno productivo del centro docente. (3p)

 

(El proyecto debe alcanzar un mínimo de 5 puntos en este apartado para no ser rechazado).

 

Situación profesional del profesorado solicitante.

- Destino definitivo en el centro docente. (2p)

 

- Idoneidad de los objetivos planteados y la empresa o institución seleccionada en relación con los módulos que imparte el/la solicitante. (3p)

 

- Experiencia docente en ciclos de FP. (3p)

 

Ciclos de nueva implantación.

- Estancias relacionadas con la formación para la impartición de ciclos de nueva implantación. (5p)


Seguimiento y evaluación de la estancia formativa.

La Inspección Educativa del correspondiente Servicio Provincial del Departamento realizará el seguimiento y evaluación de estas estancias formativas y podrá recabar de las empresas e instituciones la información que considere necesaria para la correcta evaluación de los proyectos.  


Valoración de la estancia formativa.

La valoración de la estancia formativa se realiza a través de la elaboración de una memoria por parte del profesorado participante. El plazo de entrega es de 15 días hábiles desde la finalización de la estancia. Debe incluir:

 

- Objetivos alcanzados con la realización de la estancia.

 

- Desarrollo de la estancia: trabajos realizados en las diferentes fases, implicaciones organizativas que ha supuesto su desarrollo, etc.

 

- Utilidad de la experiencia para el centro docente en el que la persona participante desarrolla su trabajo.

 

- Conclusiones y sugerencias: logros de la estancia, incidencia en la docencia directa, valoración del proceso seguido y del producto alcanzado, propuestas de mejora que para el futuro se derivan de la realización del proyecto, etc.

 

- Además, se incluirá el certificado de la empresa o institución que acredite la realización de la estancia, especificando el número total de horas realizadas.


Certificación y reconocimiento de la estancia.
Para el profesorado participante.

Se les certificará el número total de horas de la duración de la estancia y su correspondencia en créditos de formación (16 horas de estancia equivalen a 10 horas de formación).

 

Se acreditarán 100 horas de formación como máximo. La inscripción en el registro de actividades de formación, indicando al profesorado participante, la actividad y las horas de duración, se hará de oficio por la Dirección General competente en materia de Formación del Profesorado.

 

Para las empresas o instituciones colaboradoras con el programa.

Las empresas colaboradoras con el programa de estancias formativas recibirán un certificado acreditativo por parte del Departamento de Educación, que publicitará, por los medios adecuados, la relación de dichas empresas. 


Colaboración de los centros docentes en la realización de las estancias.

Parte de la reducción de carga lectiva del profesorado, consecuencia de la incorporación del alumnado al módulo de FCT en el tercer trimestre del segundo curso (generalmente), podrá dedicarse a la realización de estancias formativas.

 

Desde jefatura de estudios se organizará el horario de forma que se permita su realización.



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